Description
REQUISITOS
- Solicitud firmada por el interesado o su representante legal o apoderado si fuera el caso.
- Consignar ficha RUC, documento de identidad del solicitante y vigencia de poder (vigencia del poder no debe ser mayor a 1 mes de antigüedad).
- Si se trata de la certificación de un segundo libro, deberá acompañarse el libro anterior previamente concluido o la denuncia por la pérdida si fuera el caso, así como el informe comunicando dicha pérdida o sustracción a la SUNAT.
- Cuando se apertura los primeros libros de Asociaciones, Cooperativas, Clubes, ONGs, la solicitud debe estar firmada por el presidente y no tienen RUC dichas entidades.
- ESPECIFICACIONES
- La denuncia por la pérdida de los libros contables tiene una vigencia de 30 días.
- Para conocer los plazos máximos de atraso de los Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios ingresar a: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/libros-y-registros-vinculados-asuntos-tributarios-empresas/informacion-general-sobre- libros-y-registros-empresas/3355-atraso-en-libros-fisicos-y-electronicos
- Importante
- Si usted no cuenta con algún requisito, nosotros podemos gestionar la obtención de los mismos vía internet con las entidades correspondientes.
- En caso los intervinientes sean casados, deberá presentar el D.N.I. del cónyuge.
- Verifique la vigencia de su D.N.I. que cuente con las constancias de votación.
- En el caso de personas jurídicas, verifique la vigencia de poder de sus representantes.
- Notas
- Una vez que se cuente con la documentación antes indicada, el asesor la revisará y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional.
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